Canales de denuncia
¿QUÉ ES CORRUPCIÓN JUDICIAL?
Es un conjunto de actos ilícitos cometidos por uno o más servidores judiciales o administrativos en razón de sus facultades, orientados a favorecer intereses particulares propios o de un tercero, afectando el correcto desarrollo de la administración de justicia y deteriorando la confianza ciudadana.
Conoce los Canales de Denuncia
DIRECCIONES PROVINCIALES
Acudir a las oficinas de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de tu localidad
Formulario 06: Solicitud de Reclamo - Quejas
TELÉFONO
Llamar a la línea gratuita
1800-TRANSPARENCIA
(1800-872677)
Conoce los actos de corrupción
ALTERACIÓN DE PRUEBAS
Se refiere a la modificación o destrucción de la evidencia material o prueba dentro de una investigación o proceso. Los funcionarios pueden ser destituidos del cargo e ir a prisión de 1 a 3 años.
COHECHO
Se presenta cuando un servidor en uso de su cargo, recibe o acepta, por sí mismo o un tercero, un beneficio económico para agilitar, omitir, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones. Puede ser destituido del cargo e ir a prisión entre 3 a 5 años. Si la conducta se orienta al cometimiento de otro delito la pena es de 5 a 7 años.
CONCUSIÓN
Se da cuando un servidor exige cuotas, intereses, contribuciones o gratificaciones no debidas en base a su cargo potestad. Puede ser destituido del cargo e ir a prisión entre 3 a 5 años. Si está exigencia fue a través de amenazas o violencia la pena es de 5 a 7 años.
ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO
Acontece cuando un servidor beneficiándose de su cargo obtiene para sí o un tercero, un incremento en su patrimonio injustificado en dinero, bienes o extinción de deudas u obligaciones- Puede ser destituido del cargo e ir a presión entre 3 a 5 años.
FRAUDE PROCESAL
Ocurre cuando una persona mediante maniobras induce a engaño al juez, por una o ambas partes del proceso, para perjudicar a una de las partes litigantes o a un tercero. Es sancionado con prisión de 1 a 3 años y destitución del cargo.
OMISIÓN DE DENUNCIA
Se da cuando un servidor con el afán de proteger a un tercero o a su persona, conoce un presunto delito y no lo pone en su conocimiento de la autoridad competente. El servidor puede recibir una multa de 1 a 20 remuneraciones básicas unificadas y puede ir a prisión de 15 a 30 días.
PECULADO
Ocurre cuando un servidor se apropia, distrae o dispone arbitrariamente de dinero público o privado, bienes, títulos, documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo. En ese caso el servidor quedaría inhabilitado del cargo definitivamente y cumpliría una condena de 10 a 13 años.
TRÁFICO DE INFLUENCIAS
Se presenta cuando un servidor en virtud de su potestad, cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica, ejerce influencia en otro servidor para obtener un resultado favorable a sus intereses o terceros. Puede ser destituido del cargo y cumplir una pena de 3 a 5 años.
PREVARICATO JUDICIAL
Se da cuando los miembros de carrera judicial jurisdiccional o árbitros en Derecho, fallen contra ley expresa, en perjuicio de una de las partes haciendo lo prohibido o dejando de hacer lo que la ley dicta, en el trámite de sus procesos. La sanción estipulada es la inhabilitación definitiva del cargo y privativa de libertad de 3 a 5 años.
REVELACIÓN DE INFORMACIÓN RESTRINGIDA
Se concibe como el suministrar o difundir información que por ley es restringida, habiendo obtenido acceso por su cardo o profesión, beneficiando ilícitamente a sí mismo o un tercero. La sanción administrativa será la destitución del cargo y en cado de determinarse sanción penal será privativa de libertad de 1 a 3 años.
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