Consejo de la Judicatura | Ante el Pleno de la Asamblea Nacional, la Presidenta del Consejo de la Judicatura expuso observaciones a proyectos de reformas al COFJ
Martes, 22 septiembre 2020 17:58

Ante el Pleno de la Asamblea Nacional, la Presidenta del Consejo de la Judicatura expuso observaciones a proyectos de reformas al COFJ

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La Presidenta del Consejo de la Judicatura (CJ), María del Carmen Maldonado, participó, este martes 22 de septiembre de 2020, en la sesión N° 683 del Pleno de la Asamblea Nacional, en la que se analizaron los informes para segundo debate de los dos proyectos de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), preparados por la Comisión de Justicia.

 

En su exposición, la doctora Maldonado solicitó a los asambleístas que se acoja la propuesta del CJ para la creación del Tribunal de Lucha contra la Corrupción y Crimen Organizado, con competencia nacional. Sostuvo que el CJ trabajará en la especialización de las y los jueces en esta materia para que puedan atender con pleno conocimiento este tipo de casos.

 

En esta misma línea, la doctora Maldonado pidió que se dé paso al planteamiento de la Judicatura para la implementación de los tribunales fijos en materia Penal. Aseguró que esto permitirá optimizar los tiempos en el trámite de causas, tutelar los principios de inmediación y celeridad, así como proteger el derecho de los ciudadanos al acceso efectivo a la justicia. “Esto se logra con tribunales fijos. Los tribunales móviles han sido probados y sus consecuencias han sido nefastas”, señaló.

 

De igual forma, solicitó incorporar, en el artículo 109 del COFJ (que tipifica las infracciones gravísimas cometidas por los servidores judiciales), actos como el proselitismo político que comprometa el uso de funciones o de la infraestructura judicial; realizar o aceptar invitaciones que pongan en duda la imparcialidad de las actuaciones y decisiones de los servidores; y, aceptar o solicitar recompensas, dádivas, o presentes por sí mismo o por un tercero, para agilizar o condicionar, omitir o retardar cuestiones relativas a sus responsabilidades, entre otros.

 

“Son problemáticas con las que se ha encontrado el Consejo de la Judicatura y también los usuarios del servicio de justicia. Ustedes señores asambleístas tienen en su manos la posibilidad de corregir estas situaciones (…) Necesitamos que se amplíe este catálogo, para luchar juntos contra la corrupción en la Función Judicial”, sostuvo.

 

Asimismo, la Presidenta del CJ indicó que está de acuerdo en que el Consejo Directivo de la Escuela de la Función Judicial esté conformado por los delegados de todos los órganos de la Función Judicial, sin embargo, puntualizó que no tendría sentido que la Fiscalía sea parte de esta instancia si se aprueba la propuesta de enmienda que busca dar a ese organismo autonomía completa de la actual estructura de la Función Judicial.

 

Al referirse a las atribuciones del Pleno del CJ, la doctora Maldonado indicó que la reforma del artículo 264 del COFJ establece ciertos procedimientos que deben realizarse en coordinación con la Corte Nacional de Justicia, no obstante, indicó que hay atribuciones que de acuerdo a la Constitución de la República, son exclusivas del Consejo de la Judicatura como las previstas en el artículo 181 numeral 3, relacionada con la conducción de los procesos de selección de jueces y demás servidores, de la Función Judicial , así como su evaluación, ascensos y sanciones.

 

“Esta competencia y otras que nos vienen dadas constitucionalmente no podrían ser compartidas ni consultadas, ni condicionadas con un pronunciamiento del órgano jurisdiccional que es la Corte Nacional de Justicia”, afirmó.

 

Finalmente, la Presidenta del CJ explicó que la evaluación a las y los jueces de la Corte Nacional de Justicia, en 2019, se realizó en virtud de la competencia que establece el artículo 181 numeral 3, y el artículo 187, de la Carta Magna, donde se establece que aquellos que no alcancen los mínimos requeridos serán removidos. “La remoción es una figura consecuente a no superar la evaluación, que está contemplada en nuestra Constitución”, sostuvo.

 

Ante esta situación, la doctora Maldonado indicó que aprobar una norma que establezca una disposición contraria a la Constitución sería no acatar el principio de supremacía constitucional al que todas las autoridades administrativas y jurisdiccionales están sometidas.

 

 

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN

 

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