En sesión extraordinaria No. 179-2023, el Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó, por unanimidad de los presentes, la Resolución 194-2023 que expide el Reglamento de Divorcio o la Terminación de la Unión de Hecho, por mutuo consentimiento, en las Notarías a nivel nacional.
El Pleno del CJ además aprobó el “Formulario para divorcio por mutuo consentimiento” y el “Formulario para terminación de la unión de hecho por mutuo consentimiento”. De esta forma, se da efectivo cumplimiento a la sentencia No. 7-16-IN/21
El Reglamento que contiene nueve artículos, dos disposiciones generales y cuatro disposiciones transitorias, determina que en los trámites notariales en referencia se debe presentar obligatoriamente el formulario correspondiente y los documentos que respalden el estado civil, identidad, ciudadanía de los intervinientes.
En el caso de tener hijos menores, se debe presentar, además, el acta o resolución judicial sobre tenencia, visitas y alimentos. Este requisito asegura la validez del proceso y la fe pública.
También, se determina con exactitud el procedimiento que deben seguir las y los notarios que conozcan estos casos, evitando la subjetividad en la incorporación de trámites complementarios que, antes de la vigencia del Reglamento, encarecían injustificadamente el costo final del servicio a las y los usuarios.
La Dirección Nacional de Innovación del Consejo de la Judicatura, en coordinación con las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura, vigilará que las y los notarios a nivel nacional cumplan el Reglamento.
De esta forma, el Consejo de la Judicatura fortalece la Función Judicial y trabaja por un servicio público célere y oportuno.
DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL