Con el objetivo de garantizar la estabilidad de las y los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), conforme lo ordena el artículo 182 de la Constitución de la República del Ecuador y los artículos 136 y 173 del Código Orgánico de la Función Judicial; y a fin de fortalecer la independencia de la Función Judicial, el Pleno del Consejo de la Judicatura, en sesión extraordinaria 144-2023, aprobó reformar el artículo 3 de la Resolución 008-2021.
La reforma aprobada rectifica los periodos de las y los jueces de la Corte Nacional de Justicia que fueron designados mediante concurso en el año 2021, para periodos inferiores (3 y 6 años) al establecido en la Constitución Ecuatoriana (9 años).
En cumplimiento de los estándares establecidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en casos como Quintana Coello vs. Ecuador y Reverón Trujillo vs. Venezuela, que destacan la importancia de la estabilidad del juez para fortalecer la independencia judicial, el Pleno del Consejo de la Judicatura acogió los informes técnicos y jurídicos correspondientes y aprobó que el periodo de gestión de los mencionados jueces guarde relación con lo dispuesto en el artículo 182 de la Constitución de la República y en el artículo 173 del Código Orgánico de la Función Judicial.
De acuerdo con el artículo 183 de la Constitución, las y los jueces de la CNJ son designados previo concurso de oposición y méritos, para un período de nueve años. En este marco y como resultado de la reforma, quienes fueron designados en 2021 podrán cumplir su periodo constitucional.
Con la reforma realizada por el Pleno del CJ, el Ecuador da un paso importante hacia el fortalecimiento de su sistema de justicia y el cumplimiento de sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
La independencia e imparcialidad de la Función Judicial son fundamentales para garantizar un sistema de justicia equitativo y eficaz que sirva a toda la ciudadanía.
DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL