Quito, 17 de junio de 2025
Pleno destituyó a exjueza de Santo Domingo de los Tsáchilas procesada en el caso Pantalla

En sesión ordinaria No. 053-2025, desarrollada este 17 de junio de 2025, el Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) destituyó a la exjueza del Tribunal de Garantías Penales de Santo Domingo de los Tsáchilas, A.J.T.C., procesada en el caso Pantalla por presuntas irregularidades en el concurso para la selección de jueces nacionales en 2023.
La juzgadora fue sancionada, porque no asistió a su lugar de trabajo los días 19, 20, 21 y 22 de noviembre de 2024 e incurrió en abandono del trabajo, infracción disciplinaria tipificada y sancionada en el artículo 109 numeral 2 del Código Orgánico de la Función Judicial.
En su defensa, la servidora señaló que se encontraba con orden de prisión preventiva. Esta medida fue adoptada el 26 de octubre de 2024, para garantizar la comparecencia dentro de la investigación en referencia. Si bien la juez ya no ejerce su cargo, esta sanción imposibilita su retorno a la Función Judicial.
En esta sesión, las autoridades también suspendieron a un juez de Esmeraldas, destituyeron a otro juzgador de Loja e impusieron amonestación escrita para dos conjueces nacionales, conforme el siguiente detalle:
Nombre | Cargo | ¿Qué hizo? |
K.A.S.T. |
Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de Atacames, provincia de Esmeraldas | · En una acción de protección, el juez actuó sin competencia territorial. · Además, al ordenar pagos a quienes demandaron a Petroecuador, el juez pudo haber causado un perjuicio económico al Estado ecuatoriano. · Fue suspendido de su cargo tres meses, sin sueldo. Esta es una medida preventiva mientras avanzan las investigaciones por la falta gravísima de error inexcusable, en el que habría incurrido el juzgador. |
J.R.A.S. | Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Paltas, provincia de Loja. | · En un proceso colusorio no motivó debidamente una providencia. Únicamente hizo alusión a una norma sin que exista una fundamentación fáctica. · Fue destituido de su cargo. |
J.G.E.Y. | Conjueces de la Sala especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia | · Incurrieron en retardo al admitir o inadmitir el recurso de casación interpuesto dentro de un proceso subjetivo. · Fueron sancionados con amonestación escrita |
M.B.E.B. |