Consejo de la Judicatura

Quito, 28 de noviembre de 2025

Pleno aprueba perfiles de puestos para jueces constitucionales

El Consejo de la Judicatura (CJ) avanza en el proceso de implementación de las dependencias judiciales especializadas en materia Constitucional, conforme el mandato ciudadano del 21 de abril de 2024 y la sentencia que la Corte Constitucional dictó sobre este tema.

En esa línea, en sesión extraordinaria Nro. 106-2025, desarrollada este 28 de noviembre de 2025, las autoridades aprobaron, por unanimidad, los perfiles técnicos para jueces de primer nivel y de cortes provinciales especializados en esa área.

En ambos casos se requiere formación académica universitaria y contar con título de abogado. Además, deben haber ejercido, con probidad notoria, la profesión de abogado o la docencia universitaria en ciencias jurídicas. Para el caso de jueces de segunda instancia se exige experiencia profesional mínima de siete años.

El Consejo de la Judicatura mantiene su compromiso de entregar al país los mejores profesionales del Derecho. En ese sentido, los nuevos juzgadores deben garantizar principios básicos como la transparencia, independencia y objetividad.

 

 

Transparencia

Desempeñar funciones con probidad notoria e integridad judicial, precautelando en todo momento el derecho al acceso a la información pública. Garantizar la ejecución clara y diáfana del servicio de justicia.

Independencia

Mantener independencia frente a instancias, entidades, órganos y personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras.

 

Objetividad

Tener capacidad de manejar enfoques y juicios de una manera equilibrada y ajustados al contexto donde se dan los acontecimientos. Implica el análisis de información con el mayor apego a la realidad, minimizando los sesgos personalistas.

Entre las actividades esenciales que cumplirán los jueces de primer nivel están, por ejemplo, conocer y resolver acciones de protección, recursos de habeas corpus, habeas data, pedidos de acceso a la información pública, medidas cautelares, etc.

Mientras que los magistrados provinciales conocerán y resolverán los recursos de apelación que se interpongan en contra de las sentencias de primera instancia.

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL