Quito, 12 de enero de 2015
Mesa de Justicia ratificó vigencia de disposiciones para sanción efectiva de infracciones de tránsito y evaluó aplicación del principio de favorabilidad
Las autoridades de la Mesa de Justicia revisaron las medidas adoptadas para sancionar de manera efectiva las contravenciones y delitos de tránsito.
Durante una rueda de prensa realizada este lunes 12 de enero, el Presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Gustavo Jalkh, explicó que actualmente los involucrados en estos hechos impugnan las contravenciones para evitar la rebaja de puntos y la multa correspondiente. Sin embargo, la mayoría de ellos no se presenta a la diligencia de juzgamiento, lo que genera impunidad y afecta la administración de justicia. Esto ocurre en el 5% de las contravenciones.
Ante esta situación, el CJ resolvió que en todos esos casos se declare abandonado el recurso y se establezcan las costas procesales pertinentes a quien, por su ausencia, impida la realización de la diligencia. “Esto volverá mucho más serio el sistema procesal en materia de Contravenciones de Tránsito y las impugnaciones las realizará solo quien tenga la intención de presentarse a las audiencias y con las pruebas suficientes”, indicó.
En cuanto a los acuerdos reparatorios para los delitos de tránsito, el Presidente Jalkh recordó que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece tres figuras que deben aplicarse de acuerdo a las condiciones del hecho: el juicio directo, la suspensión condicional de la pena y la posibilidad de una conciliación.
Las autoridades ratificaron que no puede haber conciliación en materia de tránsito cuando hay víctimas mortales. Para los casos donde existan otro tipo de víctimas, heridos o daños materiales que no superen las 50 Remuneraciones Mensuales Unificadas (RMU), el COIP señala que es posible la conciliación, siempre que se realice en presencia de un facilitador. Según el titular de la Judicatura, el facilitador debe ser un mediador registrado por el CJ.
Además, los acuerdos y conciliaciones deben considerar la rebaja de los puntos de la licencia del infractor y en las actas de conformidad debe quedar establecido el responsable del accidente. Esta es una sanción independiente del acuerdo que puedan alcanzar las partes.
Principio de favorabilidad
En el marco de la reunión de la Mesa de Justicia también se presentaron las estadísticas de la aplicación del principio de favorabilidad en los primeros meses de vigencia del COIP.
Según explicó el doctor Jalkh, 2.269 pedidos de audiencia para la aplicación de este principio fueron presentadas, de ellas, 2.151 ya se realizaron: 1.685 casos, es decir el 78%, ha sido resuelto favorablemente; 354 pedidos fueron rechazados ya que no eran procedentes y en 112 casos se solicitó información adicional para tomar una decisión definitiva. Además, 118 audiencias se encuentran agendadas y se realizarán en los próximos días.
“Estos pedidos significan avances democráticos y humanitarios en nuestra legislación, a los cuales pueden acogerse personas que se encuentran al momento cumpliendo una sentencia, pero que por efectos de una ley posterior más beneficiosa, menos severa, pueden verse beneficiados de esta legislación”, añadió el titular de la Judicatura.
Por su parte, el Defensor Público, Ernesto Pazmiño, señaló que el 94% de las peticiones fue patrocinada por la Defensoría Pública, es decir accedieron de manera gratuita a un principio constitucional.
La ministra de Justicia, Ledy Zuñiga, aclaró que el 60% de las personas beneficiadas son “mulas del narcotráfico” que, de acuerdo con la legislación vigente, ya cumplieron su sentencia.
Las autoridades de la Mesa de Justicia coincidieron en que este es un “fenómeno excepcional” que se estableció en mayor porcentaje, con la entrada en vigencia de la nueva normativa y que es un ejemplo del respeto a los derechos humanos en nuestro país.
En esta rueda de prensa también estuvieron presentes el Fiscal del Estado, Galo Chiriboga, y el Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira.