Consejo de la Judicatura | Comunicado Oficial del Consejo de la Judicatura
Jueves, 30 mayo 2019 12:48

Comunicado Oficial del Consejo de la Judicatura

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El artículo 181, numeral 1 de la Constitución de la República dispone: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que determine la ley: Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial”.

 

De igual manera, el Pleno del Consejo de la Judicatura, al ser la autoridad nominadora de la Función Judicial conforme lo dispuesto en el artículo 264, numeral 1 del Código Orgánico de la Función Judicial, es competente para autorizar las comisiones de servicios de todas y todos los servidores judiciales.

 

Con la Resolución No. 068-2019, expedida el 22 de mayo de 2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, estableció el procedimiento de aplicación de la figura de la comisión de servicios, el cual no está previsto en el Código Orgánico de la Función Judicial, ni en norma interna alguna, con lo que su desarrollo procedimental precautela el derecho de las y los servidores judiciales y tutela el derecho constitucional a la seguridad jurídica.

 

Esta resolución, bajo ningún concepto pretende afectar la autonomía de la Fiscalía General del Estado o de la Defensoría Pública, cuya defensa por parte de este Consejo de la Judicatura ha sido demostrada con acciones concretas a través de la expedición de, entre otras, las Resoluciones No. 009-2019; 039-2019; y, 050-2019.

 

La Función Judicial requiere establecer figuras y mecanismos propios que beneficien a la justicia. En este orden, el Consejo de la Judicatura continuará con el desarrollo normativo infralegal necesario de esta y otras figuras, para lograr la administración eficiente de su recurso humano, en coordinación con sus órganos autónomos.

 

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN

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