Consejo de la Judicatura

Quito, 30 de julio de 2025

Del 1 al 15 de agosto rige el receso judicial en la Sierra y Amazonía

Del 1 al 15 de agosto de 2025, las y los servidores judiciales de la Sierra y Amazonía entrarán en receso judicial, conforme lo establece el artículo 96 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) y la Ley Orgánica Reformatoria al mismo cuerpo normativo.

Durante este periodo, se suspenden los plazos y términos determinados, dentro de los procesos judiciales en trámite, a fin de resguardar los derechos y garantías de los usuarios del sistema de justicia.

Materias que se acogen al receso:

  1. Laboral
  2. Civil
  3. Contencioso Administrativo
  4. Contencioso Tributario
  5. Inquilinato

Materias que continuarán atendiendo con normalidad:

  1. Penal
  2. Adolescentes infractores
  3. Garantías Penitenciarias
  4. Tránsito
  5. Violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar
  6. Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
  7. Constitucional

En las Unidades Judiciales Multicompetentes prestarán atención presencial, a través de ventanillas físicas, exclusivamente para trámites en materias que no se acogen al receso, garantizando así la continuidad del servicio.

La Oficina de Gestión Judicial Electrónica (E-SATJE) continuará operativa únicamente para las materias que no se acogen al receso judicial.

Además, las oficinas del Centro Nacional de Mediación de la Función Judicial seguirán atendiendo con normalidad en todo el país.

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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