Quito, 04 de mayo de 2020
Consejo de la judicatura reforma Reglamento de Remates Judiciales en Línea
El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ), reunido el jueves 30 de abril, reformó el artículo 9, numeral 3 del Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en Línea.
La reforma aprobada establece que la persona que se encuentre participando en el remate judicial de un bien, deberá registrar la consignación, mediante depósito bancario o transferencia bancaria electrónica, en la Plataforma Web del Consejo de la Judicatura, el mismo día en que se realice el remate, en los porcentajes que establezca el Código Orgánico General de Procesos.
Para el caso de transferencias interbancarias, la o el postor deberá adjuntar el recibo en el campo establecido en la plataforma de Remates Judiciales en Línea.
La resolución establece que la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del CJ tomará todas las medidas de seguridad necesarias para garantizar la privacidad, confidencialidad y transparencia en la herramienta informática del sistema de remates judiciales en línea.