Quito, 07 de enero de 2016
Consejo de la Judicatura presentó resultados de evaluación y reconoció trabajo de jueces y juezas del país
La mayoría de jueces de primer nivel, Cortes Provinciales y Tribunales Distritales del país superaron de forma satisfactoria la evaluación de desempeño del periodo 2014- 2015.
El Consejo de la Judicatura (CJ) presentó, este 7 de enero, los resultados finales del proceso con el que midió el trabajo de 1504 administradores de justicia a nivel nacional.
Las conclusiones determinan que el 61% de jueces (922) obtuvo entre 91 y 100 puntos en la evaluación, rango considerado como satisfactorio. En tanto, 33 % (489) alcanzó entre 75 y 90 puntos (nivel bueno), mientras que 5 % (75) registró entre 65 y 75 puntos (nivel regular) y solo 1 % (18) obtuvo menos de 65 puntos (nivel deficiente).
La provincia mejor puntuada en el promedio de notas finales fue Cotopaxi.
En este marco, las autoridades del CJ, de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), del Ministerio de Justicia, de la Fiscalía y de la Defensoría Pública, entregaron placas de reconocimiento, al trabajo realizado por las provincias, cortes, salas, tribunales y unidades judiciales que obtuvieron los puntajes más altos.
El Presidente del CJ, Gustavo Jalkh, señaló que este homenaje resalta la voluntad de servicio de los funcionarios judiciales. “Esa es la fuerza transformadora de la justicia en el país”, sostuvo.
Indicó que la evaluación ha permitido, entre otras cosas, multiplicar por cinco la productividad judicial a nivel nacional e identificar ciertas necesidades del sistema de justicia en torno al número de jueces, infraestructura y tecnología, pero sobre todo evita la burocratización que le hace daño al sistema.
“Con esto nos evaluamos como equipo, como Función Judicial, para ver si estamos atendiendo adecuadamente la doble exigencia ciudadana de celeridad, pero al mismo tiempo de certezas, de calidad y de correcta motivación a los usuarios”, dijo.
La evaluación se realizó en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 187 de la Constitución y 87 y 88 del Código Orgánico de la Función Judicial que determina que este proceso se debe desarrollar según variables cuantitativas y cualitativas.
Por esta razón, se valoraron la tasa de resolución de causas ingresadas por los administradores de justicia en el sistema informático SATJE; la gestión de despacho; el porcentaje de acuerdos alcanzados en conciliación; el número de causas derivadas a mediación; la calidad de la actuación judicial; y, para los jueces que conocen materias penales y de tránsito, la aplicación de procedimientos directos y abreviados.
DIRECCION NACIONAL DE COMUNICACIÓN