Consejo de la Judicatura

Quito, 29 de octubre de 2025

Consejo de la Judicatura crea 167 dependencias constitucionales a escala nacional

El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) aprobó, este 28 de octubre de 2025, la creación de 167 dependencias judiciales especializadas en materia constitucional a escala nacional. Esta decisión da cumplimiento al mandato expresado por la ciudadanía en la Consulta Popular del 21 de abril de 2024.

Para dichas dependencias se requieren 259 jueces constitucionales, conforme este detalle:

Jueces constitucionales que estarán habilitados a escala nacional
Jueces de primera instancia184
Jueces de segunda instancia75
Total de jueces259
Concurso público para seleccionar jueces constitucionales y capacitación de jueces multicompetentes
Jueces especializados para primera instancia que serán seleccionados en concurso público, cuya ejecución se iniciará inmediatamente.37
Jueces multicompetentes para primera instancia que serán capacitados en materia constitucional147
Jueces especializados para segunda instancia que serán seleccionados en concurso público75

*Estarán en 23 Salas ubicadas en 23 capitales de provincias, excepto Galápagos, que cubrirá Guayas
Total jueces259

Para las dependencias de primer nivel se requieren 184 secretarios y un número similar de ayudantes judiciales. Mientras que para segunda instancia se necesitan 25 secretarios y 75 ayudantes. De esta forma, arrancarán con carga cero.

Cabe señalar que el presupuesto referencial para la implementación de las dependencias es de 25,6 millones de dólares, para talento humano, tecnología y la parte administrativa (servicios básicos, limpieza, seguridad, mobiliario, vehículos, suministros, entre otros).

Con esta decisión, el Consejo de la Judicatura busca fortalecer la justicia constitucional en el país, garantizar una atención más ágil y especializada en los procesos relacionados con derechos fundamentales, y dar cumplimiento a los compromisos asumidos tras la Consulta Popular de 2024.

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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