Consejo de la Judicatura

Quito, 19 de marzo de 2026.

Servidores judiciales con faltas gravísimas no recibirán compensación económica tras su desvinculación

En la sesión ordinaria Nro. 033-2026, realizada este 19 de marzo, el Pleno aprobó reformas al reglamento que regula las compensaciones o indemnizaciones económicas por la desvinculación de servidores judiciales con nombramientos permanentes.

La nueva normativa introduce un cambio de fondo: los servidores que enfrenten sumarios disciplinarios por faltas gravísimas —aquellas que podrían derivar en destitución— no recibirán compensación económica, aun cuando cumplan con los demás requisitos administrativos y legales.

El texto establece que únicamente en caso de que el servidor sea declarado inocente, su caso sea archivado o no concluya en destitución, podrá acceder al pago, pero en un plan de desvinculación posterior. Caso contrario, perderá definitivamente este beneficio.

Esta medida busca reforzar los mecanismos de control institucional y garantizar un uso más riguroso de los recursos públicos, evitando que se destinen a funcionarios cuya permanencia esté en entredicho por presuntas infracciones gravísimas.

Con esta reforma, el Consejo de la Judicatura redefine las condiciones de acceso a estas compensaciones, incorporando el historial disciplinario como un criterio determinante en la decisión sobre el pago de estos beneficios.

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL