Consejo de la Judicatura

Quito, 11 de febrero de 2025

Exservidores del Consejo de la Judicatura son investigados por presunto archivo de cinco sumarios disciplinarios sin el debido proceso

Por unanimidad, el Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) inició sumarios administrativos en contra de cuatro exservidores de La institución, quienes, sin el debido proceso, archivaron cinco expedientes disciplinarios, conforme el siguiente detalle.

ExpedientesRazones del archivo
DP09-2022-0784El expediente seguido en contra de una jueza del Guayas fue archivado, pese a que la Sala Especializada de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial había determinado error inexcusable.
DP09-2022-1655El caso seguido en contra de jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Guayas se archivó, porque supuestamente no existía información confiable que permitiera configurar una infracción disciplinaria.
DP09-2023-0010Se archivó el expediente contra el Secretario de la Fiscalía Provincial del Guayas por falta de pruebas para una infracción disciplinaria, aunque antes se detectaron irregularidades administrativas en el manejo de expedientes, como ausencia de foliatura, firmas y notificaciones.
DP09-2023-0047Se archivó una causa contra una jueza del Guayas por no despachar escritos en un proceso constitucional. Las autoridades señalaron que la omisión no era atribuible a ella, sino a fallas administrativas y de digitalización. Además, se determinó que el retraso no constituía una infracción disciplinaria.
DP09-2023-0135Se archivó un proceso disciplinario abierto contra un juez del Guayas por un presunto retardo injustificado de tres años y tres meses en una causa. Las autoridades de ese entonces concluyeron que no existía evidencia de negligencia intencional ni vulneración de derechos de las partes.

Los exservidores judiciales, entre los que se encuentran dos personas procesadas por el caso Purga, presuntamente incurrieron en las infracciones disciplinarias tipificadas en los artículos 107.17 y 108.6 del Código Orgánico de la Función Judicial.

Artículo 107.17Incumplir o dejar de aplicar lo previsto en la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos, leyes, reglamentos y decisiones del Pleno del Consejo de la Judicatura.
Artículo 108.6No fundamentar debidamente actos administrativos.

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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